Conozca la Ley de Trabajo en Casa

Conozca la Ley de Trabajo en Casa

Publicado: 12 de julio de 2021

A raíz del impacto social y económico causado por el COVID-19 en el 2020, el cual llevó a la mayoría de empleadores y trabajadores a realizar sus funciones en casa u otros lugares diferentes a la oficina, el Estado y empresarios de todo el país se enfrentaron a una encrucijada jurídica, un vacío normativo que dificulta las relaciones contractuales, laborales y comerciales, en los sectores privado y público.

En tal sentido, el Gobierno Nacional, presentó una Ley ante el Senado de la República en mayo del 2021, para regular el trabajo en casa, la cual fue sancionada y firmada como la LEY 2088 de 2021. Una normativa que tiene las siguientes bases que aportan elementos útiles y aspectos jurídicos que salvaguardan los empleos y las relaciones entre empleadores y empleados, enmarcadas así:

Definición de trabajo en Casa:
Es aquel, que se desarrolla, transitoriamente, donde no se requiera de presencia física del trabajador o del funcionario en las instalaciones donde habitualmente realiza sus tareas; y sin modificar ni desmejorar la naturaleza del contrato o relación laboral, donde el trabajador puede prestar sus servicios desde un lugar remoto, usando especialmente (no exclusivamente) tecnologías de la información y las comunicaciones, medios informáticos o análogos.

Temporalidad:
En su artículo 7, la ley 2088 de 2021 afirma que la modalidad de trabajo en casa, es una actividad laboral que se desarrollara por 3 meses en circunstancias extraordinarias (como la pandemia), prorrogada por 3 meses hasta que el trabajador y la empresa lo determinen, sin que conlleve variación de las condiciones laborales establecidas y pactadas al inicio de la relación laboral.

Aspectos Legales:

  1. La nueva ley 2088 de 2021, en su artículo 11, protege a los trabajadores con los mismos derechos y garantías, pactados al inicio del contrato laboral, que incluyen jornada laboral, horas extras, trabajo nocturno, dominicales, festivos y descanso dentro de la jornada laboral, derechos de asociación, negociación sindical, y prestaciones económicas y asistenciales.
  2. El auxilio de transporte para los trabajadores que devenguen hasta 2 SMLV, estipula que recibirán este pago a título de "Auxilio de Conectividad digital", durante el tiempo que presten su servicio en Casa.
  3. El trabajo en casa seguirá amparado por la ARL, que deberá promover programas que permitan garantizar condiciones de salud física y mental, así como la seguridad en el trabajo.
  4. El empleador deberá promover la formación, capacitación y el desarrollo de competencias digitales, en los servidores públicos y trabajadores del sector privado cuando la actividad a desarrollar así lo requiera (Artículo 12).
  5. Empleadores y trabajadores se deben ceñir al horario y jornada de trabajo.
  6. El trabajador debe realizar su carga habitual de trabajo y no debe tener sobrecargas adicionales.
  7. Empleadores deben promover las pausas activas de higiene y protección de la salud.

Para ampliar información sobre la ley 2088 de 2021 visitar: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=162970

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